#25DeJulio
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El 25 de julio, Día de la Incorporación del Partido de Nicoya a Costa Rica, es un feriado de pago obligatorio.
• 25 de julio es feriado de pago obligatorio
• Independientemente de la modalidad de pago, las personas trabajadoras tienen derecho al disfrute del feriado.
• 25 de julio traslada su disfrute para el lunes 26 de julio. El 2 de agosto mantiene su disfrute para el propio día lunes.
El 25 de julio, Día de la Incorporación del Partido de Nicoya a Costa Rica, es un feriado de pago obligatorio, sin embargo, este año 2021, su disfrute se traslada para este lunes 26 de julio, según lo establece la Ley 9875, que adiciona un transitorio al artículo 148 del Código de Trabajo, que mueve, al lunes más cercano, anterior o posterior, algunos días feriados, en el período comprendido entre los años 2020 al 2024.
Según lo establece el Código de Trabajo, todas las personas trabajadoras tienen derecho a disfrutar del feriado, por ese motivo, no se les puede obligar a laborar, únicamente si están de acuerdo. Si se oponen a trabajar en el feriado, no pueden ser sancionados por esa causa. Se exceptúa de esta regla lo establecido en los artículos 150 y 152 del Código de Trabajo.
Las empresas que tienen la modalidad de pago mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados. En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el 26 de julio.
Cuando se trabajan horas extra en este feriado, se deben pagar a tiempo y medio doble, es de decir pago triple.
Aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional, tiene que conceder este día feriado a las personas colaboradoras que trabajan en Costa Rica. Cualquier convenio sobre renuncia del disfrute de los feriados, es absolutamente nulo según el artículo 11 del Código de Trabajo
Fuente:Ministerio de Trabajo.
Video: Grupo Folclórico Cabagra.
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