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miércoles, 3 de julio de 2024

Procuraduría advierte que jornadas 4×3 impactaría la salud, seguridad y equilibrio entre familia y trabajo

#Nacionales

Procuraduría advierte que jornadas 4×3 impactaría la salud, seguridad y equilibrio entre familia y trabajo.

* Proyecto de ley de flexibilización laboral podría tener incongruencias jurídicas, sobre todo vinculadas con el descanso de las personas trabajadoras.

La Procuraduría General de la República advirtió a la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa que las jornadas laborales 4×3 podrían impactar de forma negativa la salud, seguridad y equilibrio entre vida laboral y familiar.

La opinión emitida por el órgano procurador es producto de una consulta realizada por la Comisión legislativa sobre el proyecto Establecimiento de jornadas laborales excepcionales para casos determinados que sean excepcionales y muy calificados” que se encuentran en análisis bajo el expediente N° 24.290.

Sobre el establecimiento de una mayor flexibilidad y variabilidad de las horas de trabajo, señaló la Procuraduría, como lo ha hecho en otras ocasiones que habrá cambios que innegablemente generarán importantes consecuencias para las personas trabajadoras, sus familias y la sociedad en general, ya que la línea divisoria entre trabajo y tiempo de ocio continuará difuminándose.

Claro que este impacto variará según el perfil del trabajador, porque es de esperar que una persona soltera sin responsabilidades familiares pueda laborar mejor en horarios flexibles, frente a otra con hijos y que deba tomar en cuenta el horario escolar, el cuidado de los niños y otros aspectos del hogar, en especial, tomando en cuenta que cuatro de cada diez hogares en Costa Rica son monoparentales y liderados en su mayoría por mujeres.

“Debemos estar conscientes entonces que las formas propuestas de organización del tiempo de trabajo pueden ejercer efectos negativos en la salud, la seguridad y en el equilibrio entre vida laboral y familiar. Sin embargo, también pueden generar oportunidades para elevar la productividad y atender mejor las necesidades y preferencias de los trabajadores en cuanto a la reducción del número de horas de trabajo o la disposición de jornadas laborales más convenientes”, indicó la Procuraduría.

Adicionalmente, indicó el órgano que el proyecto de ley consultado presenta una serie de inconvenientes a nivel jurídico, sobre todo en lo relacionado al descanso de las personas trabajadoras, donde podrían estarse generando incongruencias con las normas internacionales de trabajo.

Esto porque la reforma propuesta establece un descanso mínimo de 12 horas, mientras que las normas internacionales plantean que los trabajadores deben disfrutar de un período de descanso de al menos 24 horas consecutivas cada siete días.

Argumentó la Procuraduría que, sin lugar a dudas en esta reforma propuesta se hace alusión a aspectos que ya se encuentran previstos en la normativa laboral vigente, sin que se advierta entonces cambios al respecto, como el límite de la jornada máxima establecida en el artículo 140 del Código de Trabajo y la forma en que ha de reconocerse el derecho al pago (compensación financiera) de las horas extra o jornada extraordinaria.

“Por ello, dada la importancia de la normación básica de las horas de trabajo y, en particular, de la duración máxima de la jornada y la semana de trabajo para los trabajadores, sugerimos socializar el proyecto de ley, por medio de audiencia pública, para contar con la opinión de actores implicados, especialmente organizaciones de empleadores y trabajadores; lo cual busca la mayor participación de la sociedad civil, para que puedan aportar elementos que permitan enriquecer la normativa propuesta y que permitan balancear los distintos objetivos e intereses en juego”, añadió en su pronunciamiento.

Recordó que, incluso la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha reconocido el papel que tiene el diálogo social tripartito (empleadores, trabajadores y gobiernos) y la participación que deben tener para garantizar el carácter inclusivo y efectivo de la legislación sobre el tiempo de trabajo

Fuente textual : Semanario Universidad. 



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